lunes, 4 de mayo de 2015

Elecciones

¿Quiénes pueden elegir?
Todo ciudadano tiene derecho a elegir, pero ¿quién es ciudadano? ¿qué tipos de ciudadanos hay?
Leemos en la Constitución: “Todo ciudadano es miembro de la soberanía de la Nación; como tal es elector y elegible [...].” (Artículo 77º). Pero, ¿a quién llamamos ciudadano? La Sección III de la Constitución amplía el sentido de este término, especificando: “Los ciudadanos de la República Oriental del Uruguay son naturales o legales.” (Artículo 73º)
Ciudadanos naturales son todos los hombres y mujeres nacidos en cualquier parte del territorio de la República. Son también ciudadanos naturales los hijos de padre o madre orientales, cualquiera haya sido el lugar de nacimiento, por el hecho de avecinarse en el país e inscribirse en el Registro Cívico.” (Artículo 74º)
El artículo siguiente aclara quiénes tienen derecho a la ciudadanía legal. Son los hombres y mujeres extranjeros comprendidos en alguna de las situaciones siguientes:
  • De buena conducta, con familia constituida en la República, que tengan algún capital o propiedad en el país, o “profesando alguna ciencia, arte o industria, tengan tres años de residencia habitual en la República”.
  • De buena conducta, sin familia constituida en la República, que tengan alguna de las cualidades del párrafo anterior y cinco años de residencia habitual en el país.
  • “Que obtengan gracia especial de la Asamblea General por servicios notables o méritos relevantes.”
Tienen derecho al sufragio sin necesidad de obtener primero la ciudadanía legal, los hombres y mujeres extranjeros comprendidos en la primera de las tres situaciones anteriores, que tengan por lo menos quince años de residencia habitual en la República.
La ciudadanía se suspende por varias razones, enumeradas en el artículo 80º. Ellas son, por:
  • Ineptitud física o mental que impida obrar libre y reflexivamente;
  • estar legalmente procesado;
  • no haber cumplido 18 años de edad;
  • haber sido sentenciado a pena de destierro, prisión, penitenciaría o inhabilitación para ejercer derechos políticos, durante el tiempo de la condena;
  • ejercer habitualmente actividades deshonrosas;
  • formar parte de organizaciones que, por medio de la violencia o de propaganda que incite a ella, tiendan a destruir las bases fundamentales de la nacionalidad;
  • falta de buena conducta.
Las dos últimas causales solo regirán respecto de los ciudadanos legales.

Veamos 
algunos ejemplos¿Cuál o cuáles de las siguientes personas pueden votar en las próximas elecciones ?
1. Jorge nació en Valparaíso (Chile), en 1990. Su padre es español y su madre es uruguaya. Se radicó con su familia en Uruguay en el año 2000. Sus padres tienen una pequeña industria en nuestro país.
2. Jacqueline nació en París (Francia), en 1973. Sus padres son franceses. Vino sola al Uruguay en 1995, se radicó en el departamento de Canelones, donde vive desde entonces. Es profesora de Literatura en un liceo de ese departamento.
3. Gabriela nació en Salvador (Bahía, Brasil), en 1970. Su padre es brasileño y su madre es argentina. Vino al Uruguay en 1994. Aquí se casó y tuvo dos hijos. Tiene desde 1996 un pequeño taller de artesanía en madera.

 4.Susana es española, tiene 22  años vino de visita a Uruguay el año pasado y se quedó a vivir con su amiga. Sus padres son españoles y no tiene familia en Uruguay.

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